NOTIFICACIÓN Y TRASLADO DE DOCUMENTOS JUDICIALES Y EXTRAJUDICIALES Y PRACTICA DE PRUEBAS EN MATERIA PENAL

UNIÓN EUROPEA

 

CUESTIONES GENERALES:

Antecedentes.

Exposición de Motivos.

PRINCIPIOS:

Principio de Motivación.

Principio de Defensa.

Principio de aplicación preferente del derecho del Estado Requirente.

Principio de Asistencia.

Principio de Subsidiariedad.

Principio non bis in idem.

Principio de protección de datos de carácter personal.

Ambito Territorial.

Ambito Objetivo.

Exclusiones.

 

TEXTOS JURÍDICOS DE APLICACIÓN:

Textos Jurídicos de aplicación.

 

PROCEDIMIENTO:

Autoridades Requirentes, Requeridas y sujetos afectados.

Elementos formales y materiales de la Comisión Rogatoria.

Notificación y Traslado de Documentos Judiciales.

Legalización de Documentos de la Comisión Rogatoria.

Idioma.

Reenvío de la Comisión Rogatoria.

Gastos y Costes de la Comisión Rogatoria.

 

ACTOS DE COMUNICACIÓN:

Comunicación Directa con el afectado. Uso del Correo, Fax o Correo Electrónico.

Comunicación Directa con la autoridad Judicial del Estado Requerido.

Comunicación Ordinaria. Autoridad Central. Ministerio de Justicia.

Comunicación por Interpol.

 

DILIGENCIA DE PRÁCTICA DE PRUEBAS:

Prueba Documental.

Información General.

Información relativa a Antecedentes Penales.

Traslado de Denuncias Penales.

Prueba de Interrogatorio del Acusado, Testifical y Pericial.

Caso General.

Modalidad de Audición por Videoconferencia.

Modalidad de Audición por Conferencia Telefónica.

Piezas de Convicción.

 

INTERCEPTACIÓN DE LAS COMUNICACIONES:

Antecedentes.

Autoridades competentes para ordenar la intervención de las Comunicaciones.

Solicitud de intervención de las Comunicaciones.

Intervención de comunicaciones en territorio nacional por medio de proveedores de servicios.

Intervención de Telecomunicaciones sin asistencia técnica de otro estado miembro.

Responsabilidad por los gastos de los operadores de telecomunicaciones.

 

SUPUESTOS SINGULARES DE COOPERACIÓN:

Traslado temporal de detenidos con fines de investigación.

Restitución de objetos obtenidos por medios ilícitos.

Intercambio espontáneo de información.

Registro, Traba y embargo de bienes.

Trasmisión de la ejecución de Sentencias Penales.

Información sobre cuentas y transacciones bancarias.

Investigaciones Encubiertas.

Equipos Conjuntos de Investigación.

Entregas Vigiladas.

 

DISPOSICIONES FINALES DEL CONVENIO:

Adhesión.

Reservas.

Declaraciones.

Denuncia.

Entrada en vigor.

Depositario.

 

COMUNICACIONES SINGULARES DE LOS ESTADOS MIEMBROS:

Alemania.

Francia.

Bélgica.

Holanda.

Luxemburgo.

Italia.

España.

Portugal.

Austria.

Grecia.

Suecia.

Finlandia.

Dinamarca.

Noruega. [Acervo Schengen].

Islandia. [Acervo Schengen].