ANEXO VI
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Certificación contemplada en los artículos 57. 4 del Reglamento (CE) n° 44/2001 del Consejo, de 22 de diciembre de 2000, relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil. Diario Oficial n° L 012 de 16/01/2001 p. 0001 - 0023 |
(Español, spanish, espagnol, spagnolo, ...)
1. Estado miembro de origen: ESPAÑA
2. Autoridad que expide la certificación
2.1. Denominación:
2.2. Dirección:
2.3. Tel./fax/correo electrónico:
3. Autoridad que otorgó fuerza ejecutiva al documento:
3.1. Autoridad ante la que se formalizó el documento público con fuerza ejecutiva (en su caso):
3.1.1. Nombre y designación de autoridad
3.1.2. Sede de la autoridad
3.2. Autoridad que registró el documento público con fuerza ejecutiva (en su caso)
3.2.1. Tipo de autoridad
3.2.2. Sede de la autoridad
4. Documento público con fuerza ejecutiva
4.1. Denominación del documento
4.2. Fecha
4.2.1. En la que se redactó el documento
4.2.2. En otro caso: en la que se registró el documento
4.3. Número de referencia
4.4. Partes del documento público con fuerza ejecutiva
4.4.1. Designación del acreedor
4.4.2. Designación del deudor
5. Texto de la obligación ejecutoria en anexo a la presente certificación
El documento público con fuerza ejecutiva es ejecutorio en el Estado miembro de origen (apartado 1 del artículo 57 del Reglamento) frente al deudor:
Hecho en:
Firma y/o sello ...